CENTRO CAIT DOWN ALMERÍA
Derechos
- La familia mantendrá una entrevista inicial, tras la cual se le asignará el profesional de referencia que más se adecue a sus necesidades, el cual podrá ser modificado por criterio profesional del equipo del CAIT
- Derecho a disponer de un equipo multidisciplinar formado por profesionales con la cualificación y formación suficientes. Contar con material específico para la atención integral y efectiva.
- Conocer por escrito el Plan de Intervención individualizado que se prestara a su hijo/hija, el cual se elaborara tras un periodo de evaluación.
- Recibir un informe escrito sobre la evaluación inicial y un informe al finalizar la atención o tratamiento. Así como el informe de escolarización.
- A la comunicación bidireccional entre los profesionales del CAIT y los profesionales de la rama sanitaria, educativa o social para una mejor coordinación e intervención de todos los panes con el menor.
- A la solicitud de cambio de CAIT, siempre que se justifique y se acepten las condiciones de dicho cambio (listas de espera).
- A la posibilidad de comunicación con los profesionales que atienden al menor a través de distintas vías (presencial. telefónica y telemática)
- A asistir de forma presencial a las sesiones de trabajo de su hijo/u, siempre que el profesional lo estime oportuno, teniendo derecho a una explicación de los motivos tanto de asistencia como de no asistencia.
- La protección y confidencialidad de todos los datos de carácter personal, recogidos tanto en el sistema informático como en el expediente escrito, se rijan por lo establecido en los artículos 7.3 y 11 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 1720/2007 de 21 de Diciembre.
Deberes
- Conocer y cumplir las presentes normas
- Participar en el Plan de Intervención establecido dirigido al tratamiento del menor así como a su familia y entorno. Siendo necesaria la visualización de la intervención, siempre que el profesional lo requiera.
- Facilitar en todo momento la información, documentación e informes del menor, de la situación familiar y de cualquier circunstancia que pudiera ser relevante para la atención del menor en el centro (cambio de domicilio, teléfono, informes médicos, asistencia a otras intervenciones ...)
- Para causar alta voluntaria del servicio deberá de firmar un documento expreso de renuncia a la intervención que para tal efecto posee el centro. Así como de conocer que la Atención Temprana es un derecho del menor y que de tal renuncia será informado el organismo competente.
- Respetar el horario y ser puntuales tanto al traer como al recoger al niño para posibilitar un buen funcionamiento del servicio. La sesión se ajustará al horario establecido independientemente de la hora de llegada del usuario.
- Justificar debidamente a ser posible con antelación las faltas de asistencia al centro.
- No se podrá asistir al centro CAIT cuando el menor este enfermo, haya fiebre u otros síntomas de cuadro vírico en las últimas 24 horas. O no cumplir condiciones mínimas de higiene.
- Observar una conducta basada en el mutuo respeto, tolerancia y colaboración, encaminada a facilitar una mejor convivencia.
- Las sesiones suspendidas por las familias no se recuperará, salvo que esté justificada documentalmente y el centro tenga disponibilidad para recuperarla.
- La no asistencia a tres o más sesiones sucesiva o cinco ausencias en dos meses sin causa justificada, será notificada a la Administración y se iniciará expediente informativo pudiendo dar lugar a la perdida de la plaza.
- El/la directora/a del centro velará por el cumplimiento de estos acuerdos siempre y cuando las condiciones materiales, organizativas, económicas o de cualquier otra índole lo permitan.